Son innumerables los particulares que demandan un crédito a través de sus diversas variantes. Pero a la vez buen número de ellos se encuentran con la desagradable sorpresa que le han denegado su solicitud. Esto es así, porque los bancos exigen a los demandantes una serie de garantías de que lo podrán devolver. Y cuyos requisitos variarán en función de la vía de financiación que desean suscribir.
Para responder de estos adelantos económicos hay una serie de requerimientos básicos que afectan a todos los créditos. Presentar la última nómina y la declaración de la renta de los últimos ejercicios será una norma obligatoria para todos los casos. Pero en los casos de mayores aportes económicos se verán apoyados por la solvencia de una cuenta corriente que muestre que quien los demanda es una persona fiable que puede responder en cualquier momento de las aportaciones proporcionados por los bancos.
El problema se agudiza cuando los importes demandados son más elevados (como por ejemplo en las hipotecas), en donde las entidades pueden exigir la inclusión de un avalista – que responda ante su contratación -, y que incluso llevarán a demandar una estabilidad en el trabajo (contratos fijos o con varios años de antigüedad).
Y que en los últimos años, estas exigencias se han ido incrementando ante la posibilidad de que los clientes no puedan asumir las cuotas mensuales durante la validez del crédito, y que pasen a la situación de morosidad. No en vano, las concesiones se han vuelto más estrictas, y ya no vale con presentar únicamente la nómina., como hasta hace pocos años.
Desde esta perspectiva, los clientes de las entidades que cuenten con un inmaculado expediente bancario, y sean asiduos en sus operaciones con las mismas, tendrán más posibilidades que les sean concedidos. Incluso de forma ventajosa a través de los créditos preferentes con que premian a sus mejores clientes. Y que se obtienen con mejores condiciones de contratación, entre otras razones, por la rebaja en los tipos de interés o la exención de comisiones.